PRECOLEGIADOS.

¿Por qué es importante Precolegiarme?

Si eres estudiante de ARQUITECTURA TÉCNICA puedes precolegiarte y empezar a estar en contacto con tu profesión.

El Colegio ordena la profesión de Aparejador y Arquitecto Técnico, defiende los intereses de los colegiados, forma, asesora e informa, ofrece servicios de valor, ofrece bolsa de trabajo y reúne y conecta a los colegiados y a otras entidades.

Instrucciones y documentos para precolegiarse

Normativa

OBJETIVO
Facilitar la incorporación a la vida colegial a los alumnos del Grado de Arquitectura Técnica.

  • CONDICIONES DE ACCESO A LA “PRECOLEGIACIÓN”

Tener superados 180 créditos de los estudios conducentes a la obtención del título de Grado en Arquitectura Técnica, en la Escuela Universitaria Politécnica de La Almunia.

  • DERECHOS

Los mismos que tienen los colegiados (recepción de circulares, asistencia a actos formativos e informativos, acceso a zona reservada a colegiados de la página web, acceso a la biblioteca colegial, asesoría del personal del Colegio, actividades culturales o de ocio, colaboración en el Grupo de Trabajo de Edificación Sostenible…) y en las mismas condiciones, excepto aquellos para los que es necesario estar en posesión del título. En caso de duda sobre la existencia de derechos, decidirá la Junta de Gobierno del Colegio; su decisión será inapelable.

  • OBLIGACIONES

Las mismas que tienen los colegiados y en las mismas condiciones, excepto en el importe de cuotas.

  • PRECIO

Tres euros mensuales, pagaderos trimestralmente por adelantado. El impago de un recibo supondrá la baja inmediata e inapelable en la condición de “precolegiado”.

  • SOLICITUD

Presentar :

Formulario de precolegiación cumplimentado.

– Certificación académica de haber superado 180 créditos de los estudios conducentes a la obtención del título de Grado en Arquitectura Técnica, en la Escuela Universitaria Politécnica de La Almunia.

– Datos de domiciliación bancaria.

  • ADMISIÓN

Acuerdo de Junta de Gobierno.

  • DURACIÓN

La condición de “precolegiado” se adquiere en el momento de su aprobación por la Junta de Gobierno del Colegio y se pierde transcurridos tres años, o en el momento que se produzca la colegiación.

  • BAJA

Se causa baja por:

  • Petición propia.
  • Por colegiación.
  • Por finalización del plazo.
  • Por decisión inapelable de la Junta de Gobierno.
  • Por impago de un recibo de cuotas.

 

  • INTERPRETACIÓN DE LA NORMATIVA

Cualquier duda en la interpretación de la presente normativa será resuelta por la Junta de Gobierno, de forma inapelable.

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