Publicadas las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas para proyectos de eficiencia energética y economía circular de las empresas turísticas.

El plazo de presentación de solicitudes comenzó el 30 de julio y se admitirán solicitudes durante 3 meses desde la fecha de comienzo.

La solicitud se deberá presentar antes de iniciar la actuación.

Las actuaciones subvencionables deberán encuadrarse en una o varias de las siguientes tipologías:

  1. a) Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
  2. b) Mejora de la eficiencia energética y de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, ventilación y agua caliente sanitaria.
  3. c) Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
  4. d) Sustitución de aparatos de refrigeración con función de venta directa y armarios de conservación refrigerados profesionales, por otros de alta eficiencia con etiquetado energético.
  5. e) Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones frigoríficas, reguladas por el Reglamento de seguridad en instalaciones frigoríficas.
  6. f) Implantación de instalaciones de autoconsumo con energía solar fotovoltaica.
  7. g) Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones mediante la implantación de sistemas de digitalización, automatización y control y sistemas de gestión de edificios u otras instalaciones.
  8. h) Implantación de medidas de gestión de residuos.
  9. i) Implantación de acciones que fomenten la producción y obtención de suministros de proximidad («km 0»).
  10. j) Implantación de acciones de formación y concienciación de plantilla y sensibilización de clientes.
  11. k) Implementación de un programa de gestión sostenible de recursos y modernización y ampliación de equipos.

La cuantía e intensidad de la ayuda no podrá exceder los porcentajes siguientes sobre los costes subvencionables:

  1. a) 35%, cuando el solicitante tenga la consideración de gran empresa.
  2. b) 45%, cuando el solicitante tenga la consideración de mediana empresa.
  3. c) 55%, cuando el solicitante tenga la consideración de pequeña empresa.

En el caso del municipio de Zaragoza los citados porcentajes serán un 5% menos en cada caso.

Bases y convocatoria