Falsificación del visado colegial: delito penal de falsedad de documento oficial

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El Consejo General de la Arquitectura Técnica en España nos ha informado de la existencia de una sentencia que condena a un arquitecto técnico como autor de un delito de falsedad en documento oficial. (Art. 392, relacionado con el 390.2º y 3º del Código Penal). Los hechos se produjeron al utilizar, mediante escaneo, el visado de un trabajo anterior, en la tramitación de una nueva actuación profesional. En este caso la pena impuesta ha sido de:

  • 12 meses de prisión con las penas accesorias de inhabilitación para el ejercicio de su profesión como arquitecto técnico y de inhabilitación para el ejercicio de sufragio pasivo por el tiempo de la condena.
  • 6 meses de multa con una cuota diaria de 6 euros, que asciende a un total de 1080 euros, y arresto sustitutorio en caso de impago.
  • Costas del proceso.

 

Visado: Función pública.

Es conveniente recordar que el visado es una función pública que ejercen los colegios profesionales por delegación; y así lo demuestra dicha sentencia y otras anteriores, que otorgan a la figura del visado colegial el carácter de oficialidad, propio de aquellos actos o documentos que emanan de la autoridad del Estado.

Esto va unido a continuas informaciones arrojadas desde las distintas administraciones locales, por las que la “declaración responsable” o “comunicación previa” está fomentando un aumento considerable de obras que no cumplen todas las exigencias legales previstas en nuestro ordenamiento jurídico, (carecen de proyecto o documentación técnica, sin control técnico, …), con los posteriores problemas de seguridad y habitabilidad que generan.

 

Gran relevancia del Visado.

Por lo tanto, llegados a este punto, nos vemos obligados a destacar la gran relevancia que conlleva para nuestra profesión y para todo el sector de la edificación, la tramitación del visado o registro colegial de los trabajos profesionales.

De esta forma el COAATZ se une al CGATE animando a todos los colegiados a comunicar todas aquellas intervenciones profesionales que realicen, así como cualquier irregularidad de la que tengan conocimiento. Solo así los Colegios podremos avanzar en la lucha contra este tipo de prácticas, que tanto perjuicio causan a nuestro desempeño profesional y a la seguridad de la ciudadanía.