Como ya anunciamos esta semana en nuestro blog y redes sociales, la ley actual obliga a realizar “ajustes razonables” que no supongan “una carga desproporcionada o indebida” a los edificios existentes antes del 4 de diciembre de 2017.
Asunto este primordial para usuarios y Comunidades de Propietarios y de práctico desconocimiento público, del que Heraldo de Aragón se ha hecho eco, y ha tratado con nuestro Gerente, Lucio De La Cruz.
Tal y como se aclara en la noticia, se ha puesto un tope para dicha obligatoriedad, el gasto de las obra a ejecutar no será superior a doce mensualidades de la comunidad. Aunque si los vecinos interesados aportaran el exceso de esa cantidad, las obras se realizarían también obligatoriamente.
En este reportaje Lucio De La Cruz también recuerda que la rehabilitación representa en España sólo un 18% de la actividad de la construcción, teniendo en Aragón un 60% de edificios construidos antes de 1980, mientras que en Europa representa un 40%.
Además alude a que la rehabilitación acaba siendo una inversión, mostrándose esto claramente en la revalorización que obtienen los pisos elevados al instalar un ascensor en el edificio, que puede llegar hasta los 20.000€.