A continuación, de acuerdo con esta Orden se expone la información más relevante.
Actuaciones subvencionables
Actuación 1: Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
Actuación 2: Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.
Actuación 3: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
Las actuaciones se llevarán a cabo exclusivamente en edificios completos existentes en la Comunidad Autónoma de Aragón (opción A del Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto), construidos con anterioridad a 2007, tal y como se establece en las bases reguladoras.
Los usos de los edificios sobre los que se pueden realizar las actuaciones serán:
a) Edificios de vivienda unifamiliar.
b) Edificios de tipología residencial colectiva de vivienda.
c) Edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.) de los regulados por el artículo 2.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).
Beneficiarios
Deben tener residencia fiscal en España.
La actuación objeto de la ayuda debe llevarse a cabo en edificios existentes ubicados en la Comunidad Autónoma de Aragón.
También podrán obtener la condición de beneficiarios las corporaciones locales; las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad; las comunidades de propietarios y las empresas, cumpliendo los requisitos indicados en el artículo cuatro de la presente Orden.
Régimen de concesión
El régimen de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva simplificado de conformidad con el artículo 14.3.a) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, de modo que la prelación de solicitudes válidamente presentadas y que cumplan los requisitos establecidos, se fije únicamente en función de su fecha de presentación.
La concesión de las subvenciones estará supeditada a las disponibilidades presupuestarias existentes.
Cuantía y financiación de la convocatoria.
La cuantía global máxima para la concesión de ayudas a destinatarios finales según la convocatoria es de 2.564.390 euros.
El Gobierno de Aragón se reserva 1.000.000 de euros para inversiones directas.
Se establecen los siguientes límites para las actuaciones subvencionables:
Coste elegible mínimo: 6.000 euros.
Cuantía de ayuda máxima por destinatario y convocatoria: 500.000 euros, excepto para entidades jurídicas de naturaleza pública; para entidades locales conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y para el sector público institucional definido según las bases reguladoras, para quienes el límite se amplía a 1.000.000 de euros.
La cuantía prevista para esta convocatoria para destinatarios finales se distribuye con cargo a las siguientes anualidades entre las siguientes aplicaciones presupuestarias:
Presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes es desde el 27 de enero de 2022 hasta la conclusión de su vigencia que se producirá el 31 de diciembre de 2023, salvo que, con anterioridad, se hubiera agotado el presupuesto disponible del programa, conforme a las solicitudes de ayuda recibidas. A la finalización del expresado plazo de vigencia no serán admitidas más solicitudes.
La presentación de las solicitudes será mediante tramitación electrónica obligatoria en todas las fases del procedimiento, de forma que las solicitudes, comunicaciones, notificaciones y demás documentación exigible relativa a las actuaciones subvencionables que concurran a estas ayudas serán electrónicas, mediante la herramienta corporativa de administración electrónica “Tramitador on line” del Gobierno de Aragón, utilizando el procedimiento: https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ayudas-pree-5000-rehabilitacion-energetica-edificios
Este procedimiento es accesible a través de la dirección electrónica: https://www.aragon.es/tramites
Para poder acceder a dichos trámites es necesario identificarse con uno de los certificados electrónicos reconocidos por el Gobierno de Aragón (DNI o certificado electrónico), o con el sistema Cl@ve.