Con fecha 3 de mayo fue publicada la Orden SND/385/2020, por la que se modifica la Orden SND/340/2020, de 12 de abril, por la que se suspenden determinadas actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes en las que exista riesgo de contagio por el COVID-19 para personas no relacionadas con dicha actividad.
La novedad principal que incorpora esta nueva Orden es que se permite la realización de obras en viviendas, locales o zonas del edificio no habitadas, cumpliendo las siguientes condiciones:
a) Se limite la circulación de trabajadores y materiales por zonas comunes no sectorizadas, y se adopten todas las medidas oportunas para evitar, durante el desarrollo de la jornada, el contacto con los vecinos del inmueble.
b) El acceso y salida de esos locales, viviendas o zonas se produzca al inicio y a la finalización de la jornada laboral.
c) Los trabajadores adopten las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.
Ante la publicación de esta orden, a partir del 3 de mayo, la posibilidad de realizar obras en edificios existentes, de acuerdo a la interpretación realizada por el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Zaragoza, queda del siguiente modo:
- Obras en cubiertas y fachadas: permitidas, con los protocolos adecuados.
- Obras en espacios exteriores comunitarios de edificios: permitidas, siempre que se compruebe y justifique que se puedan sectorizar adecuadamente.
- Obras de reforma en viviendas no habitadas: permitidas, con protocolos de acceso de personas y materiales.
- Obras de reforma en locales comerciales: permitidas, con protocolos de acceso de personas y materiales.
- Intervenciones de técnicos, ITE´s, informes, valoraciones, etc.: permitidas.
- Obras de reforma en espacios comunes interiores de tránsito del edificio por comenzar: no permitidas.
- Obras de reforma de mejora de accesibilidad comenzadas y paralizadas, que comprometan de alguna forma la accesibilidad del edificio: no está todavía claro. Existe la duda de su posible reactivación tras la declaración de las mismas por la Resolución del 27/04/2020, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de Galicia, como obras urgentes. Al respecto, se ha realizado consulta a la Delegación del Gobierno en Aragón para conocer el criterio interpretativo correcto.
A continuación, se adjunta la normativa citada en esta nota informativa.