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Seguro de Fianzas ante la Administración

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MUSAAT, especialista en asegurar el trabajo de los expertos en la construcción desde hace más de 35 años, con amplia experiencia en dar respuesta a las necesidades aseguradoras que genera el proceso constructivo, presenta este seguro de fianzas ante la Administración.

Gracias a esta póliza se podrá asegurar el pago de la garantía asumida por el tomador del seguro frente al asegurado, en caso de incumplimiento por el tomador de sus obligaciones legales o contractuales, en los términos, límites y condiciones establecidos en dicha póliza.

Beneficiarios

Aquellas personas físicas o jurídicas que se presentan a un concurso público de construcción, y que según se establece en la normativa referida a las garantías establecida por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, necesita presentar una garantía provisional para asegurar en caso de resultar adjudicatario, que firmará el contrato de ejecución en las condiciones pactadas según contrato; y en el momento de resultar adjudicatario, sustituir la garantía provisional por una definitiva, que asegure cumplir el contrato de adjudicación. Asimismo, se cubrirían los materiales que se reciban anticipadamente para las obras.

Ventajas

  • Línea de fianzas para poder licitar o contratar ante las Administraciones Públicas.
  • Prima ajustada al riesgo de la Sociedad.
  • Garantizar al asegurado la indemnización correspondiente en caso de incumplimiento del tomador de sus obligaciones legales o contractuales ante la Administración Pública.

Prima del seguro

La prima determinada en las condiciones particulares se establece como única para las garantías provisionales.

En el caso de garantías definitivas, la prima será anual renovable hasta que se proceda la cancelación, mediante la devolución a MUSAAT del certificado de seguro de Caución, extornándose la prima del periodo del seguro no consumido.

Vigencia del seguro.

La duración del seguro se establece según el periodo de garantía que solicite la Administración.

Si se trata de garantías provisionales la vigencia finalizará con la adjudicación del contrato. En el caso de las garantías definitivas, requeridas para las empresas que resulten adjudicatarias, estará en vigor hasta que se produzca la recepción definitiva, según lo establecido en el contrato.

Obligaciones

  • Pagar la prima del contrato de seguro, incrementada con los impuestos y los recargos legalmente establecidos.
  • Proporcionar a MUSAAT la documentación necesaria que guarde relación con las obligaciones contraídas por él frente al asegurado.
  • Comunicar a MUSAAT, en el plazo máximo de siete días desde su conocimiento, las eventuales incidencias aparecidas en el desarrollo de la actividad cuyo cumplimiento se garantiza y que puedan dificultar o impedir el cumplimento de las obligaciones garantizadas.
  • Habiendo acaecido un siniestro, facilitar a MUSAAT la información que le sea requerida por esta, y emplear todos los medios para minimizar las consecuencias de aquel.
  • Comunicar a MUSAAT si existe concurrencia de seguros o de avales, y con qué Compañías o Entidades Financieras, que garantizan el cumplimiento de las mismas obligaciones que aquella.

Coberturas

Las coberturas del presente contrato de seguro surten efecto en el ámbito territorial de la situación de riesgo descrita en las condiciones particulares del mismo.

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